• En CDMX ya no te darán cubiertos o vasos desechables.

  • Los globos también quedarán prohibidos desde el primer día del 2021.

  • Los únicos desechables permitidos serán los compostables.

Este viernes entrará en vigor la segunda fase de la ley que prohíbe los plásticos de un solo uso en CDMX cono los vasos desechables.
Recordemos que primero fueron las bolsas y ahora apartir del 1 de enero de 2021, los capitalinos le deberán decir adiós a globos, cucharas, vasos y tenedores desechables.
El primer día del próximo año, entrará en vigor la segunda etapa de la legislación que frena la comercialización, distribución y entrega de plásticos de un solo uso.

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En 2019, el Congreso de la CDMX aprobó, con 51 votos a favor, cero en contra y una abstención, reformar la Ley de Residuos Sólidos para establecer la prohibición de los plásticos de un solo uso.
La primera etapa de esta legislación entró en vigor el 1 de enero de 2020, con lo que se prohibió la comercialización, distribución y entrega de bolsas de plástico a los consumidores.

Ahora, a partir del 1 de enero de 2021, entrará en vigor otra etapa enfocada en más desechables:

  • Popotes.
  • Mezcladores.
  • Tapas.
  • Vasos.
  • Charolas para alimentos.
  • Cápsulas de café.
  • Platos.
  • Tenedores, cucharas y cuchillos.
  • Globos y varillas.
  • Bastoncillos para hisopos de algodón.
  • Aplicadores de tampones, fabricados total o parcialmente de plásticos.

Según la reforma aprobada, el gobierno capitalino solo permitirá venta, consumo y distribución de vasos, cucharas, popotes y productos de un solo uso si son fabricados con materiales compostables, es decir, susceptibles de biodegradarse como mínimo al 90%, en un periodo de seis meses, si son sometidos a un ambiente rico en oxígeno o en contacto con materiales orgánicos.
Para poder comercializar, distribuir o entregar estos plásticos, los negocios deben obtener un registro en la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema), que apenas este 2 de diciembre publicó los criterios que deben cumplir los plásticos compostables.
Para obtener este registro, los interesados deben presentar un plan de manejo que señale el proceso que seguirá el producto para que, una vez terminada su vida útil, se asegure su disposición en plantas para formar composta o para reciclaje.
La Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental (DGEIRA) otorgará al interesado un registro alfanumérico.
Todos los productos que queden registrados ante la DGEIRA contarán con una leyenda de “compostable” o “producto compostable”, además de que tendrán un logotipo de la empresa certificadora y la norma cumplida.

Ver publicación original www.merca20.com

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